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El Gobierno oficializó la reforma migratoriaSegún lo publicado en el Boletín Oficial, el jueves 29 de mayo, se oficializó la reforma migratoria que establece nuevas categorías de residencia y cambios en las condiciones para ingresar al país. A través del Decreto 366/2025, se modificaron las categorías de residencia, las condiciones para ingresar y permanecer en el país y los accesos a la salud y educación.
Asimismo, el Gobierno efectuó cambios principalmente en materia de salud. “Los extranjeros residentes permanentes podrán acceder al sistema público en igualdad de condiciones que los ciudadanos argentinos”, decretó, sin embargo, aclaró que en los establecimientos que brinden atención sanitaria administrados por el Estado, solo se brindará tratamiento médico o atención sanitaria habitual “contra la presentación de un seguro o la previa cancelación del servicio, de conformidad con las condiciones que establezca el ministerio”. En cuanto al ingreso, el Ejecutivo señaló: “A fin de ingresar en el territorio nacional, los extranjeros que soliciten admisión deberán presentar una declaración jurada en la que manifiesten el propósito de su ingreso, que cuentan con un seguro de salud para atender sus necesidades médicas y las demás condiciones que establezca la reglamentación“. “En casos de emergencia no podrá negársele ni restringírsele el acceso a la asistencia social o a la atención sanitaria a todos los extranjeros que lo requieran, cualquiera sea su situación migratoria”, se especificó. A su vez, mediante el decreto se creó la Agencia de Programas de Ciudadanía por Inversión, la cual dependerá del Ministerio de Economía y tendrá la función de diseñar, gestionar, y controlar los programas para atraer extranjeros que contribuyan al crecimiento de la Argentina. Estará a cargo de un director ejecutivo con rango y jerarquía de subsecretario, el cual será designado por el Poder Ejecutivo. Causas que impiden del ingreso y permanencia de extranjeros
En cuanto a la educación, el Gobierno estableció que “los estudios de grado en las instituciones de educación superior de gestión estatal serán gratuitos para todos los ciudadanos argentinos nativos o por opción y para todo extranjero que cuente con residencia permanente en el país”. Sin embargo, resolvió que a aquellos que no estén incluidos en la reglamentación se les podrán imponer retribuciones por los servicios. Además, especificó: “Quienes no cuenten con residencia permanente en el país podrán ser titulares de becas en los casos en que ello sea previsto por los estatutos correspondientes o por los convenios celebrados entre las instituciones de educación superior de gestión estatal y otros estados, instituciones u organismos nacionales e internacionales públicos o privados”. Por otra parte, el Ejecutivo ordenó al Estado, las provincias y la ciudad de Buenos Aires a garantizar el acceso y las condiciones para la permanencia en los niveles inicial, primario y secundario del sistema educativo a aquellos migrantes que no cuenten con DNI. “Los extranjeros tendrán derecho, aun cuando su condición migratoria fuera irregular, a ser admitidos como alumnos en un establecimiento educativo inicial, primario o secundario, ya sea público o privado; nacional, provincial o municipal, para lo cual su situación migratoria no podrá ser causa de discriminación alguna. Las autoridades de los establecimientos educativos deberán brindar orientación y asesoramiento respecto de los trámites correspondientes a los efectos de subsanar la irregularidad migratoria”, advirtió el Gobierno. Susana Espósito - 5140 caracteres – Jueves 29/05/25 - Fuente: La Nación |