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Proteger tu casa como “bien de familia” es gratisEl Colegio de Escribanos de la Ciudad de Buenos Aires realizará una jornada en la que se pondrá a disposición de los vecinos para proteger sin cargo sus departamentos y casas, anotándolos en el Régimen de Protección.
¿Cuál es la importancia de poner la vivienda como bien de familia?
Desde 2015 -con el nuevo Código Civil y Comercial (CCC)- se convirtió en el Régimen de Protección de la Vivienda y de esa forma, también gente soltera, divorciada o viuda puede inscribir su propiedad para tener el mismo beneficio que una familia. Ahora, quienes tengan pendiente ingresar al régimen podrán aprovechar una oportunidad de concretar la gestión con escribanos y con todos los costos bonificados. Los interesados en hacer consultas o proteger su vivienda podrán ir con la documentación el sábado 31 de mayo entre las 10 y las 13 a la Sede Comunal 1, ubicada en Balcarce 1110, a metros de las avenidas Paseo Colón y San Juan, en el barrio de San Telmo. "Realizar las protecciones de la vivienda familiar es fundamental para asegurar el techo y dar una instancia más de seguridad a la sociedad", destacó Jorge de Bártolo, el presidente del Colegio de Escribanos porteño, para invitar a la gente a sumarse. "Esta nueva edición de Cuidá lo Tuyo coincide con una nueva etapa de crecimiento de créditos hipotecarios, por lo que se entiende habrá consultas sobre los pasos a seguir para el otorgamiento de hipotecas que permitan la compra de un inmueble", agregaron desde la entidad, que esta vez sumó a la propuesta charlas informativas sobre directivas anticipadas de salud (a las 10.30) y sobre las diferencias legales entre casarse y convivir (a las 11.30). Los escribanos recordaron que el Régimen de Protección permite que la casa propia quede a salvo de ser rematada por deudas. Hace que los acreedores -por ejemplo, un banco- no puedan en un futuro cobrarse lo que se les deba con la venta de la propiedad al mejor postor. ¿El régimen protege la vivienda contra todas las deudas?
Por obligaciones que ya se tenían, en cambio, la casa sí se podrá perder y también por ciertas deudas posteriores: las de expensas o ABL, cuotas alimentarias, préstamos hipotecarios o créditos para mejorar la casa. "Bien de familia": ¿qué propiedades pueden recibir la protección?
Lo que no puede hacer una misma persona es tener más de una propiedad inscripta: si alguien es el único dueño de dos o más casas, puede elegir cuál proteger. ¿Quiénes pueden pedir la protección de su vivienda?
Si hay más de un titular, no es requisito que sean parientes: una casa comprada por ejemplo por tres amigos se puede inscribir, siempre y cuando todos estén de acuerdo. Por otra parte, los propietarios que pidan entrar al régimen tienen dos opciones: hacerlo sólo en beneficio de sí mismos o designar a otras personas -llamadas "beneficiarios"- para que también estén amparadas. Por ejemplo el cónyuge, los padres, hijos, nietos... Lo que en cualquier caso exige el CCC es que el titular o al menos un beneficiario viva en la propiedad. Si no es así, la protección se pierde. Si tengo una vivienda inscripta y me mudo a otra, ¿pierdo la protección adquirida? No. Esa fue otra de las novedades que trajo la reforma de 2015. Antes, al mudarse, había que cancelar el "bien de familia" y constituir uno nuevo, perdiendo así la protección frente a las deudas respecto de las cuales ya se tenía el amparo. Con el régimen actual, en cambio, al vender una propiedad protegida y comprar otra vivienda es posible traspasar la protección que se tenía. "Bien de familia": ¿qué formas hay de hacer el trámite para proteger la vivienda?
- En sede administrativa. Se hace gratis en el Registro de la Propiedad Inmueble de cada jurisdicción. En Capital, por ejemplo, hay que sacar turno -en esta web- para ir un día hábil entre las 8 y las 13 a la sede del Registro. - En sede notarial. Se acude a un escribano para que asesore y confeccione, ya sea en su estudio o en otro lugar, una escritura que se inscribe en el Registro y donde constará la voluntad del propietario de proteger la vivienda, los beneficiarios y todo lo que pide la ley. ¿Cuáles son normalmente los costos de hacer la inscripción con un escribano?
A eso se suman gastos por fojas y derecho de escritura que suman otros $20.500. Todos esos son los costos que podrán ahorrarse quienes asistan el sábado a Cuidá lo Tuyo. En cualquier caso, una ventaja relevante es que todos los trámites y actos necesarios para ingresar al Régimen de Protección están exentos de impuestos y tasas. El Colegio de Escribanos costeará las inscripciones que se inicien durante la jornada. "Bien de familia": ¿qué documentos hay que llevar para hacer la inscripción?
El DNI de cada uno de los dueños. Los documentos que prueban que son los propietarios (escritura, declaratoria de herederos, adjudicación, subasta). Los documentos que acrediten el vínculo entre el dueño y los beneficiarios (acta de matrimonio, partida de nacimiento, etc.). Constancia del estado civil (sólo en caso de que haya cambiado respecto del que figura en el título de dominio). Quien pida entrar al régimen deberá entregar la escritura de la propiedad y podrá recuperarla una vez que esté terminado el trámite, que según el Colegio de Escribanos está demorando alrededor de 120 días hábiles. Susana Espósito - 6122 caracteres – Martes 27/05/25 |